CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
PRIMERA.- Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de la contratación serán aplicables a cualquier contrato de instalación que realice Servicios Domóticos 2023, SLU (en adelante,
la Empresa o “Domótica sin Obras”) con “el Cliente”.
La modificación por la Empresa de las presentes condiciones de la contratación no afectará a contratos ya perfeccionados.
El contrato entre la Empresa y el Cliente está formado por la propuesta de servicios profesionales y las presentes condiciones generales de contratación.
SEGUNDA.- Entrada en vigor y modificaciones del contrato
El Contrato entrará en vigor en la fecha de la propuesta de servicios o en la fecha en que se inicien los servicios, en caso de que esta sea anterior a la fecha de la
propuesta.
Las partes acuerdan que cualquier cambio en el alcance del presente Contrato se deba formalizar por escrito y conste el acuerdo de ambas partes.
TERCERA.- Diligencia y subcontratación
La Empresa ejecutará el presente contrato con la diligencia profesional y de acuerdo con la normativa legal que le es exigible. Asimismo, se podrá subcontratar parte
de los servicios a otros proveedores, quienes podrán tratar con el Cliente. No obstante, en este caso, la Empresa será la única responsable de las obligaciones que
derivan del presente contrato.
CUARTA.- Daños
Las reclamaciones de garantía y responsabilidad del Cliente están exhaustivamente cubiertas por estas condiciones.
QUINTA.- Obligaciones del Cliente
El Cliente se compromete a facilitar toda la información que sea necesaria de forma precisa, completa y en el plazo oportuno.
Si el Cliente no manifiesta lo contrario, se entiende que:
- Todas las líneas de iluminación funcionan correctamente antes de su domotización.
- Las persianas funcionan correctamente antes de su domotización. El que no se pruebe una persiana antes de la motorización y que al probarla detectemos un fallo
derivado de la propia persona no supone que sea responsabilidad de la Empresa. Una persiana, ya sea su motor o sus lamas, no se estropea por colocar un
dispositivo domótico. Este dispositivo reemplaza la necesidad de pulsar el interruptor, pero no realiza modificaciones en el recorrido del motor, ni cambia los finales de
carrera, ni estropea el freno del motor, ni ejerce un movimiento diferente al que realizaba la persiana antes de nuestra intervención. La rotura de una persiana no
proviene nunca de la domotización a excepción del fallo del propio dispositivo domótico.
En caso de que sea necesario realizar reparaciones de las líneas de iluminación o de las persianas, se realizará una propuesta separada antes de iniciar la
domotización.
La Empresa no responderá de los perjuicios causados si ellos derivan de la inexactitud de información facilitada por el Cliente.
El Cliente es responsable de valorar si el alcance de los servicios se ajusta a las necesidades que motivaron la firma del contrato y, por tanto, se adecúa a sus
propósitos.
SEXTA.- Incumplimiento del contrato por causas imputables al Cliente
En caso de que el Contrato no se pueda cumplir de forma parcial o totalmente por causas imputables al Cliente, no se podrá exigir responsabilidad alguna a Domótica
sin Obras, debiendo el Cliente abonar el importe íntegro de los servicios contratados.
Domótica sin Obras acepta únicamente responsabilidad ante el Cliente, no siendo responsable frente a ningún otro tercero. En caso de que terceros reclamen a
Domótica sin Obras alguna responsabilidad, el Cliente deberá reembolsar a Domótica sin Obras cualquier obligación o responsabilidad, así como los costes legales
derivados del procedimiento.
SÉPTIMA.- Responsabilidad
La responsabilidad total conjunta por cualquier reclamación relacionada con los servicios o con el presente Contrato ante el Cliente así como ante terceros queda
limitada al doble de los honorarios efectivamente percibidos.
Asimismo, en ningún caso se responderá por perjuicios económicos que deriven del lucro cesante o pérdidas de oportunidades de negocio, cartera de Clientes o por
daños que deriven –de forma indirecta- de la ejecución del Contrato.
Cualquier responsabilidad en la que Domótica sin Obras incurra quedará limitada única y exclusivamente al daño efectivo que haya sido causada por éste.
No obstante, no se limitará nuestra responsabilidad en los casos en que no pueda ser limitada o excluida por ley.
OCTAVA.- Garantía y reclamación por la prestación de los servicios
El plazo de garantía en relación con los servicios prestados será el señalado por la Empresa por escrito en la factura y, en caso de que no se manifieste el mismo,
éste será de 1 mes.
El plazo de garantía de los productos instalados, así como las condiciones y restricciones a la misma serán las establecidas por los respectivos fabricantes.
De efectuarse una reclamación por garantía por cualquiera de estos elementos, el Cliente efectuará la reclamación a la Empresa, la cual hará la tramitación de esta
ante el respectivo proveedor o fabricante; siendo siempre éste el que decida sobre si dicha reclamación es procedente o no.
Quedan excluidas de la garantía y responsabilidad de la Empresa todas las deficiencias fuera de su control.
La garantía quedará anulada por las siguientes causas:
- Incorrecta utilización, manipulación o mantenimiento por parte del Cliente de un equipo, kit multimedia, componente o periférico.
- Problemas de software y/o virus.
- Componentes quemados por sobretensiones o sobreintensidades eléctricas.
- Componentes rotos o dañados sometidos a impacto.
- Incorrecta reparación, modificación o ampliación por parte del Cliente de un equipo o kit.
- Por un mal funcionamiento de la línea domotizada (subidas de tensión, consumo que supere el límite del dispositivo, cortacircuitos, sobreconsumo de fuente de
alimentación o por fuentes de alimentación estropeadas).
En definitiva, no se aceptará ningún material dañado o con muestras evidentes de una manipulación incorrecta.
La garantía tampoco cubre aquellos defectos provocados por un uso incorrecto del producto y/o manipulación del mismo distinta a la necesaria para establecer su
naturaleza, características o su funcionamiento.
En esos casos el Cliente deberá hacerse cargo de su reparación. Quedan, por tanto, excluidos de la garantía:
- Defectos y deterioros producidos por hechos externos, accidentes, principalmente accidentes eléctricos, por desgaste y por utilización no conforme a las
instrucciones de Domótica sin Obras.
- Productos modificados o reparados por el Cliente o cualquier otra persona no autorizada por Domótica sin Obras.
- Incorrecta configuración software/hardware, por parte del Cliente, de un equipo, componente o periférico. Incorrecta configuración software/hardware o avería en
un equipo provocada por un componente no suministrado por Domótica sin Obras e incorporado por el Cliente.
La reparación de los casos anteriores será facturada.
La garantía está sujeta al oportuno cumplimiento de las condiciones de pago acordadas con el Cliente.
Si en el plazo de 30 días, el Cliente considera que la instalación no satisface la propuesta de servicios acordada, podrá comunicar por escrito la reversión de la
instalación realizada. En este caso se reembolsaría el importe pagado a excepción de los gastos incurridos en realizar la instalación y los dispositivos modificados o
personalizados a petición del Cliente, los cuales no pueden ser devueltos a fabrica.
Cualquier reclamación relacionada con los servicios objeto del presente contrato, se deberá de realizar en un plazo máximo de 1 mes desde la finalización del
servicio.
NOVENA.- Fijación de honorarios
El Cliente acepta satisfacer los honorarios de los servicios descritos en la propuesta de servicios. Para el cálculo de dichos honorarios, se tendrán en cuenta diversos
factores tales como el tiempo dedicado, la complejidad del servicio, la urgencia, los riesgos inherentes y el conocimiento necesario para prestar los servicios.
Asimismo, el Cliente reembolsará a la Empresa los gastos razonables incurridos en la prestación del servicio (por ejemplo, los costes de desplazamiento).
DÉCIMA.- Impuestos
Los precios no incluyen impuestos, tasas u otras cargas, tanto de naturaleza general como especial, que serán a cargo del Cliente, a menos que se pacte otra cosa
por escrito.
En consecuencia, el Cliente acepta la repercusión de cualquier impuesto que por ley le deba ser repercutido.
DECIMOPRIMERA.- Facturación y pago
Las facturas serán emitidas según lo indicado en la propuesta de servicios y éstas deberán ser pagadas a la recepción de las mismas. En caso de demora, Domótica
sin Obras se reserva el derecho de suspender o cancelar la prestación de servicios objeto del presente Contrato. Así como también, la Empresa podrá exigir los
intereses de demora correspondientes y los gastos ocasionados para la reclamación del pago, en sede extrajudicial y/o judicial (por ejemplo, abogados o
procuradores, aun cuando no sea preceptiva su actuación).
DECIMOSEGUNDA.- Confidencialidad
Ambas partes acuerdan no revelar a terceros el contenido del presente Contrato ni ninguna información considerada como confidencial, proporcionada por la otra
parte o en su nombre, excepto cuando la revelación sea exigible en cumplimiento de la Ley o de una normativa, o bien, cuando sea necesaria para hacer valer los
derechos de la otra parte en virtud de este Contrato. No obstante, el Cliente autoriza expresamente a que Domótica sin Obras pueda facilitar información confidencial
a subcontratistas, cuando estos últimos estén sometidos a obligaciones de confidencialidad.
DECIMOTERCERA.- Tratamiento de los datos del Cliente
Domótica sin Obras podrá recabar, utilizar, transferir, almacenar o de cualquier otra forma tratar información del Cliente relativa a datos personales del mismo con el
fin de prestar los servicios objeto del presente Contrato y para poder contactar con el Cliente, así como para hacerles llegar circulares o alertas normativas, por correo
ordinario o electrónico. Asimismo, mediante la firma del presente Contrato, el Cliente acepta que se puedan ceder estos datos a los profesionales subcontratados, con
el fin de la prestación del servicio objeto del Contrato.
DECIMOCUARTA.- Normativa de protección de datos
Domótica sin Obras, como encargado del tratamiento del fichero de datos o del tratamiento de datos personales, cuando trate los mismos por cuenta propia, lo hará
de conformidad con la normativa reguladora y las obligaciones profesionales inherentes de tal condición.
Domótica sin Obras, como encargado del tratamiento del fichero de datos o del tratamiento de datos personales, cuando trate los datos personales en nombre y por
cuenta del Cliente, se compromete a utilizar los datos con las instrucciones del Cliente y únicamente con la finalidad de cumplir con el servicio objeto del Contrato,
asimismo, mientras esté vigente el presente Contrato, se adoptarán las medidas de seguridad técnicas y organizativas de acuerdo con la normativa vigente.
DECIMOQUINTA.- Preaviso y resolución anticipada
Ambas partes pueden resolver este Contrato en cualquier momento, si se comunica a la otra parte un preaviso por escrito de 14 días (resolución unilateral). En tal
caso, la Empresa podrá reclamar al Cliente el importe de los servicios prestados (incluido el correspondiente material) hasta el momento de la resolución.
Asimismo, la resolución será inmediata y se comunicará por escrito a la otra parte, en caso de incumplir materialmente el Contrato sin que la parte que lo incumple
remedie dicho incumplimiento en un plazo de 14 días. En caso de resolución, el Cliente deberá abonar los honorarios devengados hasta la finalización del presente
Contrato.
DECIMOSEXTA.- Legislación aplicable
El presente Contrato se regirá de acuerdo con la legislación española.
DECIMOSÉPTIMA.- Conflictos o quejas
En caso de que hubiese alguna queja respecto a los servicios prestados, se ruega se comenten antes con Domótica sin Obras. En caso de que no se resuelva el
conflicto, las partes se su sujetan a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, a los que cada una de las partes acuerda someterse a estos
efectos.
DECIMOCTAVA.- Fuerza mayor
Ninguna de las partes será responsable frente a la otra de ningún incumplimiento de sus obligaciones en caso de fuerza mayor.
“Fuerza Mayor” significa a los efectos del presente contrato la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que
la invoca, incluyendo, pero no limitándolo a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad
(nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas,
cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte.
Si por Fuerza Mayor cualquiera de las Partes no puede cumplir alguna obligación del presente Contrato distinta a la de pago del precio, dicha Parte queda exonerada
de su cumplimiento, siempre que notifique a la otra parte indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de Fuerza Mayor.